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Mascarilla obligatoria en la VTC.

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La mascarilla ha dejado de ser obligatoria desde el día 20 en interiores, salvo en centros sanitarios, residencias y transporte público.

Aunque están surgiendo dudas porque la redacción del Real Decreto no detalla cada espacio en concreto hay que tener en cuenta que en lo referente al transporte público la norma exime del uso de la mascarilla en los andenes de las propias estaciones de viajeros, es obligatorio su uso en el resto de los medios de transporte aéreo, por ferrocarril, por cable, en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros.

En esta última categoría estarían incluidos los taxis y, según se ha confirmado desde el Ministerio de Sanidad, los VTC o vehículos de transporte con conductor, que ofrecen un servicio de transporte discrecional de viajeros.

Conductor y pasajero.

Por tanto, tras la publicación en el BOE del Real Decreto 286/2022 de 19 de abril sobre el uso de la mascarilla en interiores, el uso de la misma es obligatoria dentro de un vehículo VTC tanto para conductor como para pasajero. Las plataformas Uber, Cabify y Bolt deberían incluir esta advertencia cuando se soliciten sus servicios.

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