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Los conductores VTC deberán superar un examen.

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El examen, obligatorio para el ejercicio de la profesión, incluirá conocimientos del idioma español, destinos destacados de la región y manejo de dispositivos de navegación.

El consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha dado hoy luz verde a la nueva normativa que regulará la VTC. El nuevo reglamento entrará en vigor en los próximos días para dar seguridad jurídica a las empresas y mayor calidad a los usuarios.

La nueva normativa reguladora de la VTC, Vehículo Turismo de alquiler con Conductor, entre sus disposiciones recogerá:

  • Los conductores deberán superar un examen obligatorio que incluirá conocimientos del idioma español, destinos destacados de la región y manejo de dispositivos de navegación. Esta prueba tendrá su desarrollo en una norma posterior que regule los temarios, las fechas de los exámenes, formato de examen, etc.
  • Las empresas deberán tener una línea telefónica gratuita de atención a los clientes adaptada para personas con discapacidad.
  • Nace la modalidad de viajes compartidos que permitirá a cada cliente suscribir su plaza con pago individualizado, conociendo de antemano su precio.
  • De cada 10 vehículos autorizados, uno deberá ser accesible para los pasajeros que se trasladen en silla de ruedas.
  • Los coches no podrán llevar distintivos que induzcan a confusión con los taxis y se prohíbe la captación activa en las calles.

El texto establece que las empresas, para obtener y mantener las autorizaciones, deben contar, al menos, con un número de conductores igual al 75% de permisos en alta. Asimismo, podrán disponer de los coches en régimen de propiedad o mediante alquiler bajo las figuras de renting o leasing.

Pruebas de conocimientos de los conductores.

Los conductores de VTC deberán acreditar la posesión de un permiso de conducir de la clase B con, al menos, dos años de antigüedad; no podrán tener antecedentes por delitos de naturaleza sexual y deberán superar un examen que incluirá conocimientos del idioma español, el manejo de dispositivos de navegación, así como primeros auxilios y lugares más importantes de la región. Estos profesionales tendrán un plazo de 18 meses para realizar esta prueba, a contar desde la entrada en vigor de la disposición que los regule, y podrán seguir conduciendo hasta la finalización de este periodo.

Examen para conductores VTC

Exención de hacer el examen.

A la entrada en vigor de la norma que desarrolle este Reglamento en materia de formación, quedarán exentos de completar el requisito del examen quienes lleven ejerciendo su labor profesional durante al menos un año de forma ininterrumpida, o dos años en el período de los cuatro anteriores.

Seguro de responsabilidad civil.

El Gobierno regional también contempla en el articulado que las compañías deben tener cubierta su responsabilidad civil por los daños que puedan causar a los pasajeros durante el servicio de transporte y, además, estarán obligadas a impartir a sus trabajadores una formación continua.

Límite a la tarifa dinámica y viajes compartidos.

En circunstancias excepcionales de alta demanda producidas en eventos no habituales o extraordinarios de ocio o conciertos, el precio no podrá superar el 75% de la media del coste ordinario. Por otro lado, se añade una nueva modalidad de viajes compartidos que podrá suscribir cada usuario por plaza y con pago individual, en función del recorrido realizado. Esta alternativa de transporte permite al primer pasajero contratar un trayecto, al que podrán sumarse otros para el mismo itinerario o una parte, ya que pueden hacerse paradas intermedias de subida y bajada de clientes, conociendo todos ellos su precio de antemano. El texto recoge que las empresas deberán habilitar una línea telefónica gratuita de atención a los clientes adaptada para personas con discapacidad auditiva, así como un medio accesible de comunicación vía web. Además, a partir del 1 de enero de 2025 los nuevos vehículos que pongan a disposición del público las empresas con diez o más autorizaciones deberán ser adaptados para prestar el servicio a todas aquellas personas que se trasladen en silla de ruedas, con lo que se incrementará la flota de automóviles adaptados para facilitar estos desplazamientos.

Antigüedad y adaptación de los vehículos. Prohibición de la captación.

Los automóviles receptores de las autorizaciones no podrán tener una antigüedad superior a la exigida por la legislación estatal; deberán ser retirados de la actividad cuando hayan cumplido los 10 años, a contar desde la primera matriculación; tendrán que estar clasificados con el distintivo ambiental Cero Emisiones o ECO. No obstante, los que dispongan de etiqueta C, y tengan permiso cuando el Reglamento entre en vigor, podrán seguir prestando servicio con ese coche hasta diciembre de 2027. Los vehículos adaptados se destinarán de forma prioritaria a los desplazamientos de personas con movilidad reducida, aunque no en exclusividad, y tendrán que cumplir lo establecido en materia de accesibilidad. Los VTC también deberán llevar siempre sus distintivos identificativos y no podrán ser decorados con publicidad que induzca a confusión con los que prestan servicio de Taxi. Además, se acota su actividad a trayectos contratados de manera previa por los usuarios, prohibiéndoles la captación activa de clientes por las calles. Por ello, no podrán estacionar en el interior y en los accesos de entrada y salida de los aeropuertos, estaciones de ferrocarril o autobús o cualquier otro emplazamiento donde haya una afluencia masiva de personas, sin estar previamente contratados.

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