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Los cambios en las bajas laborales a partir del primero de abril.

Los cambios en las bajas laborales tienen el fin de agilizar ciertos trámites, eliminan obligaciones burocráticas para y facilitan la situación de los trabajadores enfermos.

Como os comentamos a primeros de enero, hasta el 1 de abril era necesario acudir al médico de cabecera para recoger el parte de baja temporal que acreditaba que el trabajador se encontraba incapacitado temporalmente.

Pero esta obligación llegará a su fin el próximo uno de abril por una modificación decidida en Consejo de Ministros.

A partir del primero de abril los trabajadores que se encuentren en situación de incapacidad temporal y por consiguiente causen baja médica, ya no tendrán que remitir el parte y la documentación a su empresa. La administración telemáticamente remitirá la baja médica del trabajador incapacitado temporalmente durante todo el tiempo que dure esa situación. Esta situación es extensiva a todo el periodo de incapacidad temporal, es decir a los llamados partes de confirmación causados cuando la baja médica se alargaba. Del mismo modo se gestionarán las altas médicas que ponen fin a la baja y al periodo de incapacidad temporal.

Nuevo sistema con los cambios en las bajas laborales.

Con respecto al periodo de tres días en el que se debía entregar la baja médica por parte del trabajador y que empezaba a contar desde el momento en el que el médico de cabecera emitía la baja, la nueva normativa establece que el trabajador solo recibirá una única copia de su parte de baja cuando visite al médico.

Se elimina tanto la segunda copia, como la obligación de la persona trabajadora de que sea ella quien que entregue esta copia y los siguientes partes de confirmación en la empresa, entidad gestora o mutua. 

Limita el despido

Además, el no entregar la documentación en tiempo y forma era motivo de penalización por parte de la dirección, hasta el punto de que podía constituir motivo de despido.

Se reducen, por tanto, las posibilidades de las empresas aprovechen esta situación para despedir a trabajadores, que incumplían formalmente los plazos de entrega de la baja, ya que la normativa vigente hasta ahora contemplaba y permitía la posibilidad de sancionar al trabajador, amparándose en que el empresario necesitaba el parte de baja para tramitar dicha situación y ahorrarse cotizaciones sociales.

Facilita la gestión

La idea es eliminar burocracia trámites para los trabajadores y que sea la propia administración, a través de vías telemáticas y automatizadas, la que asuma a partir de ahora dichas gestiones.

#OtroSindicalismoEsPosible
#SltInnovandoElSindicalismo

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1 comentario en «Los cambios en las bajas laborales a partir del primero de abril.»

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