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En caso de gran invalidez o incapacidad permanente la empresa no podrá despedirte.

Cambia el Estatuto de los Trabajadores para prohibir el despido inmediato de nuevos discapacitados

El Consejo de Ministros aprobó el 21 de mayo la modificaión del Estatuto de los Trabajadores para prohibir el despido sobrevenido por incapacidad. El objetivo, motivado por una sentencia europea, es evitar que un trabajador que ya estaba en nómina en la empresa pueda ser despedido en caso de gran invalidez o incapacidad permanente.

Así, la modificación del artículo 49 del ET prohibirá que las empresas puedan cesar automáticamente a un trabajador al que se le reconoce una discapacidad y le otorga al afectado el derecho de pedir a las compañías que le adapten el puesto de trabajo a su nueva situación. «Será una decisión voluntaria del trabajador», ha señalado la ministra Yolanda Díaz, de manera que será el empleado que se encuentre en una situación de discapacidad sobrevenida quien decidirá si continúa trabajando o si abandona el puesto de trabajo.

Se trata de una reforma normativa demandada por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), que ha agradecido al departamento que dirige Días la «celeridad», el «clima de diálogo» y la «escucha activa» que ha mantenido con el sector, «para que el Proyecto de Ley vaya en los términos adecuados de respeto a los derechos de los trabajadores con discapacidad».

El CERMI ha denunciado que la regulación vigente del despido automático por razón de discapacidad sobrevenida supone una «vulneración» del derecho al empleo y la ocupación de las personas con discapacidad, consagrado en el el artículo 27 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

«La necesidad de acometer esta modificación legal se aceleró tras una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que declaró que el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores en este punto de la discapacidad sobrevenida era contrario al Derecho europeo por lo que España ha tenido que modificar su legislación.

En nuestro país hay 4.380.000 personas que tienen algún tipo de discapacidad y más de dos millones y medio de hogares (uno de cada cinco en España) tienen en su seno a una persona con discapacidad.

2 comentarios en «En caso de gran invalidez o incapacidad permanente la empresa no podrá despedirte.»

  1. Me han concedido la IPT el 04/04/2024, me acerque a la empresa vector con la notificación y me han dicho que ya se pondrían en contacto conmigo, pero a la fecha nada..
    Qué puedo hacer, estoy en el sindicato, necesito ayuda.?

    1. Tienen que adaptarte el puesto de trabajo, ahora no te pueden despedir por la ipt. Pásate por la oficina y pide cita con un abogado para que estés bien asesorado y defienda tus intereses.

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