La Audiencia Nacional ha emitido la primera sentencia con relación al nuevo permiso de 4 días por asuntos de fuerza mayor en la que deja claro que el permiso debe ser retribuido.
Se planteaba a la Audiencia Nacional la necesidad de aclarar si este nuevo permiso, recogido en el artículo 37.9 del Estatuto de los Trabajadores, debía ser o no retribuido.
La Audiencia estima el carácter retribuido del permiso. Para ello, se basa en la Directiva 2019/1158, sobre Conciliación de la Vida Familiar y Laboral, en la Ley de Familias y en la intención del Gobierno de que esos 4 días de ausencia por fuerza mayor familiar sean retribuidos.
Esta interpretación con perspectiva de género va en consonancia con algunas otras resoluciones que han abierto camino en los últimos meses. Señala que el carácter retribuido permite alcanzar la igualdad real y no perpetuar la brecha laboral de género.