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Amazon es condenada por emplear a 3.688 falsos autónomos

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Amazon es condenada en su segundo macrojuicio, la relación entre la multinacional y sus repartidores en coche fue laboral y no mercantil.

El Juzgado de lo Social número 42 de Madrid ha condenado a Amazon por contratar a 3.688 repartidores como falsos autónomos entre octubre de 2019 y noviembre de 2021, declarando que la relación entre estos y la empresa fue laboral y no mercantil, como pretendía la multinacional.

La segunda condena de Amazon

Es la segunda condena de este tipo que recibe Amazon en España, que en un comunicado enviado a este medio ha declarado no estar de acuerdo con la resolución y estar considerando presentar un recurso. Contra la sentencia cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Está sentencia es un hito importante que cierra este penoso episodio al tener ya a todos los trabajadores regularizados con contrato.

Amazon Flex el periodo juzgado.

Desde finales de 2017 y hasta 2021 Amazon introdujo el modelo Amazon Flex, mediante el cual cualquier persona con coche podía repartir paquetes por catorce euros la hora.

La fórmula se popularizó durante la pandemia pues muchos desempleados vieron en Amazon una tabla de salvación. Amazon Flex aquí siempre estuvo en entredicho, porque para repartir mercancías en coche es necesaria una autorización administrativa,

Tras la aprobación de la Ley Rider en agosto de 2021, Amazon fue cerrando silenciosamente el programa, que actualmente no funciona en España.

Autonomía “aparente”, no real

Para presentar la demanda la Inspección de Trabajo entrevistó a 1.505 repartidores por correo electrónico, solicitándoles completar un cuestionar sobre sus tareas de reparto en la aplicación Amazon Flex. Asimismo, solicitó a Amazon Road Transport Spain SL—la mercantil que contrataba a los repartidores— un listado de la fecha de prestación de servicio y horas trabajadas de cada repartidor.

Amazon es condenada por contratar falsos autónomos.

La sentencia recoge el funcionamiento de la aplicación. Los repartidores debían darse de alta como autónomos, tener carnet de conducir y un vehículo propio. Una vez dentro de la app, debían coger “bloques”: horas para ir al centro logístico a por paquetes y repartirlos. Los incumplimientos o retrasos conllevaban penalización. Los repartidores se hacían cargo de los gastos de gasolina y mantenimiento del coche.

Subordinación de los repartidores a la empresa

La TGSS sostuvo en su demanda puesto que existía “subordinación” de los repartidores a la empresa por vincularse “de forma estable a esta al inscribirse en la plataforma para poder utilizar su aplicación”. “La organización y control del servicio corre a cargo de la empresa a través de la aplicación, sin que sea real, sino aparente, la autonomía de los repartidores que teóricamente eligen el lugar y el momento de los servicios a atender”, dijo la autoridad laboral.

Amazon, por su parte, sostuvo que actuaba como “operador de transporte” en la intermediación de mercancías y que esto determinaba que los contratos firmados con los “colaboradores” fueran contratos de transporte. El juzgado ha avalado la demanda de la TGSS, confirmando la reclamación de cotizaciones a la Seguridad Social que hizo a la empresa y fallando que la relación con sus repartidores fue de carácter laboral.

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