La Audiencia Nacional reconoce el derecho del trabajador a disfrutar como mejor le convenga de los cinco días retribuidos para cuidar familiares enfermos
No es obligatorio disfrutar el permiso desde el inicio de la enfermedad y sin posibilidad de hacer turnos.
Los trabajadores tienen derecho a disfrutar como mejor les convenga los cinco días retribuidos para el cuidado de familiares por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica, aunque no requiera hospitalización. Así lo ha dictaminado la Audiencia Nacional (AN) en una reciente sentencia.
La Audiencia Nacional destaca que este permiso tiene sentido cuando sirve para atender a la causa que lo permite. Así, si el día en que se produce la enfermedad o el ingreso en el hospital cae en fin de semana o festivo, lo razonable es que los permisos puedan iniciarse el siguiente día laborable.
El criterio restrictivo perpetúa la brecha laboral de género y desincentiva que los hombres asuman su deber en el cuidado de familiares
La Audiencia Nacional, recalca, que una interpretación restrictiva de este derecho, resulta contraria al principio de igualdad real y perpetúa la brecha laboral de género, ya que supone un desincentivo para que los hombres asuman su deber de corresponsabilidad en las cargas laborales.
En definitiva, los trabajadores afectados podrán determinar la fecha de inicio del permiso en función de sus posibilidades de su conciliación, mientras el hecho causante permanezca.
Un ejemplo
Pongamos el caso de un familiar de un trabajador que se pone enfermo un viernes. La primera discusión que hubo era si ese permiso comenzaba el sábado o el lunes. Esto ya lo solucionó el Tribunal Supremo en 2018 sentenciando que empezaba el lunes, puesto que sábado y domingo, si tiene un horario clásico, no lo necesita y el permiso es para cuando se necesita.
Si el trabajador tiene dos hermanas y el padre tiene un accidente grave y va a estar hospitalizado un mes, es absurdo que tengan que estar los tres del 1 al 5, de lunes a viernes, pese a que ni siquiera les dejan entrar a todos a la habitación porque sólo se permite un acompañante.
Esto no tiene ningún sentido, lo ideal es que el trabajador se pueda turnar con sus hermanas y el padre esté atendido los 15 días que dure el ingreso. Tal como ha dejado claro la Audiencia Nacional.
La empresa debe adaptarse
Las empresas lo que tendrían que hacer en su gestión interna es adaptarse a las situaciones legales. Si el artículo 37 dice que es un permiso a los cuidadores, éstos tendrán que ejercer este permiso cuando haya alguien a quien cuidar. Y ese alguien a quien cuidar no es un capricho del trabajador, es una situación que de permanecer, se debe justificar, y la empresa tendrá que reaccionar y reorganizarse conforme a ese derecho.
Exelente es la difucion de estas tan importantes derechos de los trabajadores ,