Desde el Sindicato Libre de Transporte, SLT, queremos resolver algunas de las preguntas más frecuentes que hemos recibido de los trabajador@s afectados por la DANA. Esta guía se actualizará conforme surjan nuevas inquietudes.
1. ¿Como Representación Legal de las Personas Trabajadoras (RLT), tenemos la capacidad de detener la actividad en nuestro centro de trabajo?
Los fenómenos meteorológicos severos como la DANA pueden representar riesgos importantes para la seguridad en vías públicas y redes de transporte. En estas circunstancias, el artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) justifica la inasistencia al trabajo debido a riesgo grave e inminente y protege a las trabajadoras y trabajadores de cualquier perjuicio.
En casos de “riesgo grave e inminente”, la empresa debe notificar a su plantilla, tomar las medidas adecuadas y, si procede, interrumpir la actividad. De no hacerlo, la RLT tiene el derecho de acordar, por mayoría, la paralización de la actividad. Dicha decisión debe ser informada de inmediato a la empresa y a la autoridad laboral, quien confirmará o revocará la paralización en un plazo de 24 horas.
2. ¿Qué debo hacer si no puedo asistir a trabajar debido a la necesidad de cuidados por la DANA?
Debes comunicarlo a tu empresa diariamente, utilizando documentos que acrediten la situación, como informes médicos o bandos municipales. Esta documentación respalda tu necesidad de ausencia en el trabajo por razones justificadas.
3. No tengo acceso a transporte privado o público, ¿es obligatorio que me presente en el trabajo?
Mientras no exista una normativa específica que declare estas circunstancias como permiso retribuido, comunicar la situación a tu empresa debería ser suficiente justificación. Si la empresa aplicase alguna medida disciplinaria, contacta con el sindicato para recibir apoyo en su anulación.
4. ¿Qué hago si mi centro de trabajo está dañado? ¿Debo ayudar a limpiarlo?
Si decides ayudar, esta tarea dependerá de tu capacidad de desplazamiento y de las condiciones de seguridad del lugar. Además, este tiempo debe considerarse como horas extraordinarias por fuerza mayor. La empresa debe garantizar que las condiciones sean seguras para tu salud antes de solicitar tu presencia.
5. Si mi empresa está operativa y tengo medios para desplazarme, ¿debo compensar las horas si no he ido a trabajar?
Hasta que se dicte una norma específica o se solicite un ERTE por fuerza mayor, el tratamiento de estas horas dependerá de lo que indique tu convenio colectivo o del acuerdo que se establezca en la empresa sobre compensación de jornada.
6. Mi empleador tiene la intención de solicitar un ERTE por fuerza mayor, ¿cómo debo proceder?
Si en tu empresa no existe representación sindical, la solicitud debe ser aprobada por la autoridad laboral. La empresa debe informar a sus trabajadores sobre su intención de solicitar un ERTE (suspensión temporal de empleo) hasta que las actividades puedan reanudarse de forma normal.
7. Si mi empresa desea aplicar un ERE por fuerza mayor, ¿qué puedo hacer?
Desde el sindicato, recomendamos que se opte por ERTEs, ya que representan la mejor opción para la continuidad de los empleos y la estabilidad de las empresas en esta situación. Ponte en contacto con el sindicato para defender tus derechos y evitar que se abuse de esta situación catastrófica.
8. ¿Qué ocurre si sufrí un accidente de tráfico en mi regreso a casa a causa de las inundaciones?
Este incidente debe considerarse un accidente laboral, ya que ha ocurrido en el contexto del trabajo. Te sugerimos contactar al sindicato para gestionar su reconocimiento y asegurarte de recibir el apoyo necesario.
9. ¿Qué ocurre si he perdido pertenencias personales en el trabajo a causa de la DANA?
Si la pérdida de tus pertenencias está vinculada a la situación de emergencia y no contabas con un lugar seguro para resguardarlas, puedes notificarlo a tu empresa. Consulta con el sindicato sobre las posibles compensaciones.
10. ¿Tendré derecho a una ayuda económica si he sufrido daños en mi vivienda?
Si has sufrido daños materiales debido a la DANA, existen ayudas públicas y subvenciones para las personas afectadas. Te recomendamos que revises las convocatorias de ayudas y subvenciones.
11. ¿Es posible que las jornadas de trabajo se adapten a las circunstancias de la DANA?
En muchas ocasiones, las empresas pueden establecer acuerdos internos para flexibilizar horarios o implementar el teletrabajo en caso de que el personal no pueda desplazarse.
Habla con tu representante sindical para evaluar las posibilidades de aplicar estas medidas en tu lugar de trabajo.
12. ¿Tengo derecho a solicitar una evaluación de riesgos si regreso a un centro de trabajo dañado?
Sí. La empresa tiene la obligación de garantizar que el centro de trabajo sea seguro. Si existen daños en el lugar que pudieran suponer riesgos para tu salud, puedes exigir una evaluación previa y adecuación de las instalaciones antes de retomar tu actividad.
¿Necesitas más información?
Si tienes alguna otra consulta, no dudes en comunicarte con el sindicato para recibir asesoramiento personalizado.